Estas son las ayudas para las amas de casa mayores de 45 años


Ayudas para las amas de casa mayores de 45 años

Existen hasta 6 ayudas económicas a las que las amas de casa pueden tener acceso siempre que tengan más de 45 años.



Las amas de casa no son trabajadoras que coticen al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), esto, les hace no poder acceder a diferentes prestaciones como el paro o la jubilación contributiva. Por el contrario sí que puede tener acceso a una serie de subsidios que están destinados a aquellas personas que no han cotizado lo suficiente a la Seguridad Social, como sería este caso.

Se trata de un total de 6 ayudas económicas que pueden solicitar aquellas trabajadoras amas de casa que no hayan cotizado lo suficiente el INSS y siempre y cuando cumplan la condición de tener más de 45 años cumplidos. Además, en función de la ayuda económica que se solicite, deberán acreditar el cumplimiento, también, de una serie de requisitos especiales y únicos que se establecen en cada una de las prestaciones.

Para que puedan solicitarlo, habrá que diferenciar los casos en los que sea necesario acudir al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), a la Seguridad Social o incluso a la delegación local de los Servicios Sociales que ofrece cada Comunidad Autónoma. Todo ello dependiendo siempre de la ayuda que se pida y que se especificará más adelante. 

Ayudas que las amas de casa pueden solicitar al SEPE

El Servicio Público Estatal de Empleo ofrece tres de estas seis ayudas a las trabajadoras que están prestando servicios como amas de casa y que, por lo tanto, no cotizan. Por lo que no podrán recibir la prestación contributiva por desempleo (el paro) si no han cotizado, como mínimo, un año. Algo que es muy habitual en estos casos al no existir un contrato de por medio.

Para poder tener acceso a estas ayudas que se ofrecen desde el SEPE es necesario cumplir una serie de requisitos, que serán distintos en función de la ayuda que se desee solicitar. Pese a eso, sí que es cierto que, para poder solicitar cualquiera de estos tres subsidios, es necesario estar inscrita como demandante de empleo. Estas ayudas que se pueden solicitar al Servicio Público de Empleo son:

Subsidio para mayores de 45 años

La primera ayuda económica a la que pueden tener acceso las amas de casa, y que deberán solicitar al SEPE, es el subsidio para las personas mayores de 45 años. Para poder solicitarla, una ama de casa deberá haber estado cotizando en algún momento de su vida laboral en un trabajo anterior, y, con lo consecuente, haber agotado un tiempo de paro. Además, este subsidio consta de una prestación de 451,92 euros al mes y que, dependiendo de si se tienen cargas familiares o no, tendrá una duración determinada. Esto es:

  • Ama de casa con cargas familiares: 
    • Ha agotado un paro de 4 meses, podrá cobrar esta ayuda durante 2 años.
    • Si agota un paro de 6 meses, recibirá esta ayuda durante 2 años y 6 meses. 
  • Ama de casa sin cargas familiares:
    • Tiene una duración límite de 6 meses, sin posibilidad de ampliación.

Subsidio para mayores de 52 años

La segunda de las prestaciones que se puede solicitar las amas de casa que tengan más de 45 años, es el subsidio para las personas mayores de 52 años. Esta ayuda también tiene una cuantía fija, siendo, al igual que en el caso anterior, de 451,92 euros al mes

En este caso, aunque también se establezca una cantidad de tiempo determinada en la que se puede cobrar este subsidio, se amplía más allá de los 2 años y medio que duraba la prestación para mayores de 45 años. Este subsidio para las personas mayores de 52 años se puede ver prolongado hasta la edad legal de jubilación que, en estos casos, suele ser de 66 años, al haber cotizado menos de 37 años y 3 meses a la Seguridad Social. 

Renta Activa de Inserción 

La última de las prestaciones que se pueden pedir en el Servicio Público de Empleo Estatal es la Renta Activa de Inserción (RAI). Está destinada a aquellas personas que tienen más de 45 años y son desempleados de larga duración, como sería en el caso de las amas de casa. 

En relación a la cuantía, es exactamente la misma que en los casos anteriores, 451,92 euros al mes. Además, es importante detallar que la duración total del tiempo en el que se puede cobrar esta ayuda es de 33 meses, aunque inicialmente es de 11 mensualidades. Todo ello debido a que, una vez se cumpla el tiempo mínimo, si se siguen cumpliendo los requisitos, se puede volver a ampliar otros 11 meses, así, hasta llegar a los 33.

En el caso de desear solicitar esta ayuda económica, habrá que cumplir con una serie de condiciones que establece el SEPE y que se podrán encontrar en esta guía sobre la Renta Activa de Inserción. Apareciendo, también, los pasos que se deben seguir para poder solicitarla y ser beneficiaria de ella. 

Ayudas que las amas de casa pueden solicitar al INSS

Tras los subsidios y prestaciones que se pueden solicitar al SEPE, también hay que destacar que existen dos cuantías económicas que se pueden solicitar al Instituto Nacional de la Seguridad Social por parte de las amas de casa. Por un lado, el Ingreso Mínimo Vital, y, por otro, la jubilación no contributiva. 

Ingreso Mínimo Vital

La primera de los subsidios que forman parte de la Seguridad Social y que, por lo tanto es el INSS quien debe aprobarlos, es el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Esta ayuda económica, a diferencia de las que entregan desde el SEPE, no tiene una cuantía económica fija, sino que depende de los ingresos y de la cantidad de personas que formen la unidad de convivencia. Aunque sí que hay unos límites establecidos, siendo de 470 euros al mes el que menos, y de 1.033,85 euros al mes el que más

También destaca la duración de este subsidio, y es que es la única ayuda económica que puede cobrar de manera indefinida. Siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en todo momento por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. 

Jubilación no contributiva

Por otro lado, dentro de la Seguridad Social, las amas de casa mayores de 45 años pueden tener acceso a una pensión por jubilación no contributiva. Solo podrán solicitarla una vez lleguen a la edad legal de jubilación, los 66 años, y que no hayan cotizado lo suficiente al INSS. 

En relación a las cuantías que se pagan desde el Instituto Nacional de la Seguridad Social, hay que destacar que se establecen diferentes cantidades. La prestación íntegra es de 402,80 euros al mes, aunque, dependiendo de si la ama de casa vive con más personas que también se benefician de esta jubilación no contributiva, la cantidad podría bajar hasta los 322,38 euros al mes para cada uno de los beneficiarios. 

Si la ama de casa ha alcanzado dicha edad de jubilación o está próxima a alcanzarla, puede conocer cuáles son todos los pasos que se deben seguir para solicitarla a la Seguridad Social. Todo ello ampliando información mediante el artículo sobre la pensión no contributiva: Como solicitarla y requisitos.

Ayudas que las amas de casa pueden solicitar a los Servicios Sociales

Por último, también existe una ayuda económica que las amas de casa deben solicitar a los Servicios Sociales de cada comunidad autónoma. Estos se encontrarán dentro de los ayuntamientos de cada localidad, por lo que las amas de casa deberán acudir a las instituciones locales para poder solicitarla, tratándose de la Renta Mínima.


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