RENTA ACTIVA DE INSERCIÓN - RAI


Renta Activa de Inserción RAI


Si estás desempleado y has agotado el paro y el subsidio, debes saber que aún puedes acogerte a la Renta Activa de Inserción.

La Renta Activa de Inserción, conocida como la RAI, es un programa que gestiona el SEPE de forma extraordinaria para los desempleados mayores de 45 años que han agotado el paro y los subsidios a los que tenían derecho. 


Índice del artículo

  1. ¿Qué es la RAI?
  2. Requisitos para cobrar la RAI
  3. ¿Quién no puede pedir la RAI?
  4. Cómo solicitar la Renta Activa de Inserción
  5. Cuantía y duración de la ayuda
  6. Casos en los que se pierde la RAI
  7. Ayudas para la inserción laboral

1. ¿Qué es la RAI?

Los parados de larga duración mayores de 45 años que hayan agotado las prestaciones por desempleo pueden acogerse a esta ayuda extraordinaria, si reúnen los requisitos. También pueden beneficiarse de esta ayuda:
  • Emigrantes retornados
  • Personas con discapacidad de al menos el 33%
  • Víctimas de violencia de género
La Renta Activa de Inserción es un programa que integra acciones de inserción laboral para estos colectivos, junto con una ayuda económica de apoyo.
No debe confundirse la Renta Activa de Inserción con las diferentes ayudas autonómicas que conceden las comunidades autónomas, conocidas en algunas de ellas como rentas de inserción.  Son dos medidas distintas, siendo la diferencia más evidente el carácter estatal de la RAI frente al carácter autonómico de la renta de inserción o salario social.

2. Requisitos para cobrar la RAI

Los requisitos generales para todos estos colectivos a la hora de solicitar la Renta Activa de Inserción son:
  • Tener menos de 65 años.
  • Estar apuntado al paro, es decir, inscrito en el Servicio de Empleo Autonómico correspondiente, y renovar la demanda de empleo en las fechas indicadas.
  • No tener ingresos por encima del 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
  • No haber cobrado tres veces la RAI, ni haberla percibido en los 365 días anteriores a la solicitud.

Requisitos específicos de cada colectivo

Además de las condiciones generales, cada colectivo debe reunir determinados requisitos específicos para acogerse a esta ayuda después del subsidio:

Parados de larga duración

  • Tener 45 años como mínimo.
  • Haber cobrado el paro con anterioridad, o el subsidio por desempleo.
  • No tener derecho a percibir el paro u otras prestaciones por desempleo, como el subsidio o la Renta Agraria.
  • Llevar más de 12 meses inscrito como demandante de empleo en la oficina correspondiente.
  • Haber realizado una búsqueda activa de empleo .

Víctimas de violencia de género/doméstica

Las personas que hayan sido víctimas de violencia de género o violencia doméstica, tendrán que cumplir los siguientes requisitos:
  • Deben poder acreditar su condición de víctima, a través de documentación del organismo competente (orden de protección, informe del Ministerio Fiscal o resolución judicial).
  • No es necesario que sean parados de larga duración, ni tampoco tener 45 años o haber agotado las prestaciones por desempleo.

Emigrantes retornados

  • Deben tener al menos 45 años.
  • No es necesario que sean parados de larga duración, pero sí que hayan trabajado como mínimo 6 meses en el país extranjero, y haber vuelto a España 12 meses antes de tramitar esta ayuda.

Discapacitados del 33% o más

  • Tener reconocido el grado de discapacidad o cobrar una pensión por invalidez.
  • Ser parado de larga duración, y haber realizado una búsqueda activa de empleo.
  • Haber agotado el paro o un subsidio por desempleo, y no tener derecho a otras prestaciones por desempleo.

3. ¿Quién no puede pedir la RAI?

Existen determinados supuestos en los que no se tendrá derecho a solicitar la Renta Activa de Inserción
  1. No tendrán derecho a acogerse al programa aquellas personas que se encuentren ingresadas en un centro penitenciario, siempre que no puedan compatibilizar la realización de trabajos fuera de prisión.
  2. Tampoco podrán solicitar la RAI aquellas personas que estén percibiendo una prestación o pensión de carácter económico que sea incompatible con el trabajo, como una incapacidad permanente.
  3. No tendrán posibilidad de acogerse aquellas personas que ya estén percibiendo una ayuda reconocida a las víctimas de violencia de género, ya que no pueden participar en programas de empleo. Podrán hacerlo cuando transcurran los períodos de duración de la ayuda.

4. Cómo solicitar la Renta Activa de Inserción

Para solicitar la Renta Activa de Inserción hay que acudir a las oficinas del SEPE o tramitarla online a través de la Sede Electrónica, aportando en ambos casos toda la documentación necesaria.

Presencialmente

Si quieres tramitar tu solicitud de la RAI presencialmente, recuerda que debes pedir cita previa antes de acudir a las oficinas. Accede al servicio a través del siguiente enlace:

Solicitud de la RAI por Internet

Para tramitar la Renta Activa de Inserción por Internet debes hacerlo a través de la Sede Electrónica del SEPE. Recuerda que debes tener certificado digital, dni electrónico o usuario cl@ve.
Accede a la Sede haciendo clic a continuación:

Documentos para pedir la RAI

Junto con el Modelo de Solicitud de la Renta Activa de Inserción hay que presentar la documentación siguiente:
  1. DNI o NIE del solicitante y de sus hijos y cónyuge si lo tiene.
  2. Un justificante de los ingresos que se han tenido el mes anterior a la solicitud.
  3. Certificado de minusvalía, en el caso de personas con discapacidad.
  4. Certificado del organismo competente, acreditando que se es víctima de violencia de género.
  5. Documento en el que aparezca el número de cuenta donde se desea recibir la ayuda económica.
  6. Certificado del período ininterrumpido como persona desempleada.
  7. Un certificado emitido por la Seguridad Social, en el que demuestre que no está percibiendo ningún tipo de pensión.
  8. Certificado de Asuntos sociales para afirmar que el desempleado no está recibiendo ninguna ayuda.
  9. Declaración de la renta del año anterior.
  10. En el caso de ser desempleado de larga duración o persona con discapacidad deberá presentarse el formulario de búsqueda activa de empleo.

5. Cuantía y duración de la ayuda

Además de las diversas acciones de inserción laboral a las que se acoge el beneficiario de la RAI, se le concede una ayuda económica de apoyo que se sitúa en el 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).
Para el año 2019 la cuantía asciende a 430,27 € mensuales.
Mientras que la persona está cobrando esta ayuda, el SEPE ingresa las cotizaciones de la Seguridad Social que corresponden a la asistencia sanitaria o a la protección de la familia, por lo que el desempleado puede hacer uso de la sanidad pública española con total libertad.
La RAI se concede durante un periodo máximo de 11 meses y se percibirá con efectos desde el siguiente día que en presentamos la solicitud. Los trabajadores que estén dentro de este programa y que trabajen mientras reciben esta ayuda recibirán el 25 por 100 de la cuantía, con un máximo de duración de 180 días.

6. Casos en los que se pierde la RAI

Existen determinados casos en los que se pierde esta ayuda de forma inmediata. Estas son algunas de las causas que llevan a ello:
  • Incumplir el compromiso de actividad
  • No sellar el paro en las fechas señaladas
  • Tener otras pensiones de la Seguridad Social que sean incompatibles.
  • Trabajar durante 6 meses o más.
  • Superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional con la suma de las rentas familiares.
  • Acceder a la prestación de desempleo, a la Renta Agraria o al subsidio por desempleo.
  • Ir al extranjero, excepto si se acude a una entrevista de trabajo o a mejorar la formación pero debe ser por un período inferior a los 6 meses.
  • Renunciar a la RAI.
  • Agotar el plazo de duración de la RAI.

7. Ayudas para la inserción laboral

Además de la ayuda económica, la Renta Activa de Inserción cuenta con un acciones de inserción laboral:

Tutorías individualizadas

La persona cuenta en todo momento con un asesor de empleo que le prestará ayuda individualizada, así como le proporcionará información útil para mejorar su empleabilidad.

Itinerario de inserción laboral

El trabajador realizará una entrevista profesional con su asesor, con el objetivo de completar y actualizar toda la información relativa al perfil profesional del demandante, además de elaborar un plan específico de inserción laboral en función de las características del demandante de empleo. Una vez realizado esto, se realizará un itinerario personal que incluirá un calendario y aquellas actividades que el demandante debe realizar.

Gestión de las ofertas

El asesor promueve la selección y participación del trabajador en aquellas ofertas gestionadas por el SEPE.

Incorporación a planes de formación y/o empleo

El SEPE, atendiendo a las circunstancias específicas del demandante, promoverá con carácter prioritario frente a otros colectivos la inserción en diversos programas, tales como el subsistema de formación profesional para el empleo; talleres, escuelas taller o casas de oficio y planes de empleo. Todo ello con el objetivo de mejorar su empleabilidad, que adquieran además una formación adecuada y puedan recualificarse profesionalmente.

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