SUBSIDIO MAYORES DE 52 AÑOS


Subsidio para Mayores de 52 años, te lo contamos todo para conseguirlo!!!


Aunque ha sufrido un paréntesis, al fin va a ser posible acceder al subsidio para mayores de 52 años. Si quieres saber lo que ha ocurrido en los últimos tiempoS respecto a esta ayuda, y cómo va a quedar a partir de ahora, no tienes más que consultar este artículo que hemos preparado para ti. 

Índice del artículo

  1. Últimas noticias del subsidio para mayores de 52 años
  2. ¿En qué consiste y cuándo se aprobó?
  3. Cuantía del subsidio para mayores de 52 años
  4. Requisitos para solicitarlo
  5. Cómo tramitar el subsidio
  6. No me lo han concedido, ¿ahora qué hago?
  7. ¿A cuánta gente beneficiaría?
  8. Más información y dudas sobre el subsidio de 52 años

1. Últimas noticias del subsidio para mayores de 52 años

Mayo-2020
El Gobierno quiere cambiar este subsidio para que pueda ser más accesible para las personas que lo necesitan. La ministra del trabajo, Yolanda Díaz, ha afirmado que uno de los mayores cambios acerca de este subsidio será que también los trabajadores autónomos podrán finalmente acceder a esta ayuda.
Además, muchas más personas cobrarán la prestación, ya que ha habido una subida también del Salario Mínimo Interprofesional. En otras palabras, más gente podrá acogerse a la ayuda ya que habrá una diferencia mayor entre el sueldo mínimo legal y tus ingresos mensuales.

2. ¿En qué consiste y cuándo se aprobó?

El subsidio para mayores de 52 años permite a las personas de a partir de esta edad, y con cotizaciones suficientes para la jubilación, cotizaciones por desempleo y carencia de rentas, disponer de una ayuda de 430,27 euros mensuales. Hasta ahora, tan solo se podía cobrar esta cantidad a partir de los 55 años.
Las mejoras de este nuevo subsidio con respecto al anterior para mayores de 55 años son las siguientes:
  • La base de cotización, tanto para nuevos beneficiarios como para los que están cobrando actualmente la ayuda para mayores de 55 años, pasa del 100% al 125% de la base mínima de cotización.
  • Queda eliminada la parcialidad del subsidio, tanto para nuevas solicitudes como para las personas que lo están recibiendo ya parcializado, que pasan a cobrarlo al 100%. El SEPE actualizará de oficio estos casos.
  • Aumenta la edad hasta la que cubre el subsidio, que será la edad legal de jubilación. De esta manera, el trabajador tendrá la posibilidad de elegir entre la jubilación anticipada, si cumple los requisitos para ello, o esperar hasta la edad legal de jubilación cobrando el subsidio mientras tanto.
Este nuevo subsidio para parados de larga duración mayores de 52 años entró en vigor el 13 de marzo de 2019, después de su publicación en el BOE (Boletín Oficial del Estado).

3. Cuantía del subsidio para mayores de 52 años

El importe del subsidio para mayores de 52 años es de 430,27 euros al mes. Puede cobrarse hasta la edad de jubilación si el trabajador no ha encontrado trabajo antes. Esta es una ayuda que se recibe siempre de forma íntegra, es decir, al 100%.
La cuantía que se cobra en el subsidio para mayores de 52 años es de 430,27 euros al mes, siendo esta una ayuda que se cobra siempre al 100%.

 4. Requisitos para solicitarlo

Los requisitos para ser beneficiario del subsidio para mayores de 52 años son los siguientes:
  • Encontrarse en situación legal de desempleo.
  • Haber cumplido al menos 52 años en la fecha en que se agote la prestación por desempleo o el subsidio por desempleo.
  • Inscripción interrumpida: cada una de las posibles interrupciones en la inscripción como demandante de empleo que se hayan tenido debe haber sido menor a 3 meses. No computarán los períodos correspondientes a la realización de actividades por cuenta propia o ajena (en este último caso no se podrá acceder al subsidio si el cese en el último trabajo fue voluntario).
  • Estar inscrito como demandante de empleo durante un mes, desde que se agotara la prestación que se estaba percibiendo. No se puede haber rechazado durante ese mes ninguna oferta de colocación adecuada, ni haberse negado a participar en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, salvo causa justificada. Se debe mantener esta inscripción durante todo el tiempo en que se reciba el subsidio.
  • Tener las cotizaciones necesarias para cobrar la pensión contributiva de jubilación, es decir, 15 años, de los cuales 2 deben estar dentro de los últimos 15. Se debe tener al menos 6 años de cotizaciones por desempleo en el régimen general.
  • No tener ingresos brutos propios superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), cantidad que quedaría en 675 euros este año. Importante: no se tienen en cuenta los ingresos de los demás miembros de la unidad familiar.
  • Comprometerse a mantener una búsqueda activa de empleo en todo momento, aceptando las ofertas de los Servicios Públicos de Empleo y la realización de cursos de formación y orientación laboral.

5. Cómo tramitar el subsidio

INFORMACIÓN IMPORTANTE EXCEPCIONAL
Debido a la alerta sanitaria que vivimos por el COVID-19, el servicio de atención al cliente en las oficinas del SEPE podría verse alterado.
Antes de ir, verifica que esté abierta al público la oficina correspondiente y consulta las medidas de seguridad para acceder. 
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En condiciones normales, la solicitud se puede presentar en las oficinas de empleo, para lo que habrá que pedir cita previa, y a través de la Sede Electrónica del SEPE. Para hacerlo por la vía online hay que tener clave de usuario, o bien DNI electrónico o certificado digital. 
Puedes tramitar este subsidio personalmente, en las oficinas del SEPE, o a través de su Sede Electrónica.

6. No me lo han concedido, ¿ahora qué hago?

Si solicitas el subsidio para mayores de 52 años y te lo deniegan, puedes recurrir la resolución del SEPE presentando una reclamación por la vía administrativa.
Para ello tienes un plazo de 30 días hábiles (en los que no cuentan ni sábados, ni domingos ni festivos) desde que recibas en tu domicilio la comunicación por escrito del SEPE, o bien desde que acudas a la oficina del SEPE y te entreguen la resolución allí, firmando que la has recibido.

7. ¿A cuánta gente beneficiaría?

Según se estima, este subsidio podría llegar a beneficiar a más de 114.000 desempleados, que vendrían a sumarse a los 260.000 mayores de 55 que ya lo cobran. Esta es una medida que tendrá un coste de 388 millones desde este año.

8. Más información y dudas sobre el subsidio de 52 años

Cómo puedo saber si me han aprobado ya este subsidio

Para saber si te han aprobado el subsidio para mayores de 52 años, debes consultar tu expediente online en la página web del SEPE, donde verás el estado de la solicitud. Tanto si la solicitud ha sido aprobada como si ha sido denegada, el SEPE te enviará la comunicación de la resolución por correo a tu domicilio.

Si has cotizado más de 15 años como empleada del hogar, no puedes pedir el subsidio

Desafortunadamente, las empleadas del hogar no quedan incluidas en este subsidio en este caso, ya que se exige que dentro de todos los años cotizados a lo largo de la vida laboral, al menos 6 se haya estado trabajando en el Régimen General, con un contrato que cotice por desempleo.

Cómo pasar de cobrar la RAI a percibir el subsidio para mayores de 52 años

No tienes que renunciar formalmente a la RAI, ya que si solicitas el subsidio para mayores de 52 años, en el momento en que el SEPE te reconozca el derecho a este subsidio, te dará de baja de la RAI de forma automática.
Lo que sí tienes que hacer es pedir cita previa en la oficina de empleo cuanto antes. El paso de la RAI al subsidio para mayores de 52 años no se puede tramitar mediante la Sede Electrónica del SEPE, siendo necesario hacerlo de forma presencial en las oficinas del SEPE, que tomará como fecha de solicitud el día en que se pidió la cita previa, independientemente de que fuera por teléfono o por Internet. De ahí la importancia de pedir cita previa cuanto antes.

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